
- RUSAD -014C Original
- Copia Boleto aéreo, marítimo o terrestre (ida y vuelta).
- Copia C.I. del solicitante ampliado.
- Copia del pasaporte vigente.
- Copia de la visa, si fuese necesario.
Nota:
Requisito indispensable de
acuerdo a la Providencia ser TITULAR de la Tarjeta
de Crédito, con mas de (6) meses de emitida.
El usuario debe presentar (3) carpetas (cadivi-banco-cliente),
de acuerdo al Manual de Normas y Procedimientos.
Para
la presentación de las solicitudes de
Activación T.D.C. de acuerdo al art.20 deben
ser presentadas en un “plazo máximo
de treinta (30) días hábiles bancarios
y mínimo de cinco (5) días hábiles
bancarios de anticipación a la fecha de viaje.
La
Comisión de Administración de Divisas (CADIVI)
podrá autorizar hasta un monto máximo de US$ 3000
o su equivalente en otras divisas por año, es decir,
en el periodo comprendido entre el 1° de Enero
y el 31 de Diciembre a cada usuario de acuerdo
a la tabla siguiente:
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REQUISITOS
PARA NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES:
Art. 29 Cuando
se trate de solicitudes de autorización de
adquisición de divisas en efectivo para niños, niñas
o adolescentes, el padre, la madre o el representante legal deberá consignar,
por ante la entidad bancaria de su elección, dentro del lapso
indicado en el artículo anterior, conjuntamente con la planilla
obtenida por vía electrónica, los siguientes documentos:
• Original y fotocopia de la partida de nacimiento o del documento
público donde conste la representación legal que demuestre
el vínculo del niño, niña o adolescente beneficiario
de las divisas autorizadas. Cuando tal documento sea emitido por
una autoridad en el extranjero deberá presentarse, además,
debidamente legalizado o apostillado y traducido por intérprete
público, si está redactado en idioma diferente al castellano.
• Fotocopia del pasaje aéreo, marítimo o terrestre
de ida y vuelta del niño, niña o adolescente al territorio
de la República Bolivariana de Venezuela.
• Fotocopia de la Cédula
de Identidad del Padre, madre o representante legal que realiza
la solicitud.
• Fotocopia de la cédula de identidad del adolescente
o del niño o niña a partir de los nueve (9) años
de edad.
• Fotocopia del pasaporte vigente del niño, niña
o adolescente y de la visa, cuando corresponda.
RETIRO DEL EFECTIVO AUTORIZADO:
Art.31 El usuario
deberá retirar el efectivo autorizado o
el cheque de viajero, dentro de los cinco (5) días hábiles
bancarios anteriores a la fecha de salida del viaje indicada en la
solicitud, luego de tal fecha el operador cambiario se abstendrá de
entregar las divisas al usuario.
DECLARACION JURADA DE CIERRE:
Los usuarios que obtengan la autorización a la que se refiere
el art. 17 deberán realizar la Declaración Jurada de
Cierre de dicha autorización, a través del portal dentro
de los cuarenta y cinco (45) días continuos siguientes a la
fecha indicada en la solicitud para el regreso del viaje. El usuario
que incumpla la obligación establecida NO podrá tramitar
nuevas solicitudes de conformidad con lo establecido en la presente
providencia.
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AVISO
IMPORTANTE
PARA SU SEGURIDAD
Cambie la clave de su tarjeta
de débito periódicamente a través
de nuestros cajeros automáticos o en nuestra
página web - Home Banking
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